Todo poder está ligado a un proceso de planificación, y éste a su vez se hilvana a un proceso de formación integral. Nadie debiese accionar sin el conocimiento previo y sin la planificación estratégica y conmensurada. Estos procesos se consustancian con el ejercicio del poder. El poder no es malo en sí, por el contrario todo pueblo necesita ejercer el poder, el poder-servicio.
En tal sentido, uno de los objetivos fundamentales del proceso revolucionario venezolano, es el de avanzar y consolidar la participación - poder de todos y cada uno, un poder que llegue efectivamente al proceso de formación del hombre nuevo y a la sociedad nueva, como explícitamente lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En este propósito, cabe destacar que el fortalecimiento de las “sociedades basadas en el conocimiento y en el aprendizaje significativo” (UNESCO, 1998), depende en gran parte del impulso que las naciones le den, mediante las líneas que trace el Estado en sus planes de desarrollo económico y social.
En Venezuela, las políticas y estrategias definidas en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social “Simón Bolívar” (2007-2013) establecen las líneas estratégicas fundamentales que orientan las acciones de transformación de la realidad educativa tales como: Adecuar el sistema educativo al modelo productivo socialista, fortalecer e incentivar la investigación en el proceso educativo, desarrollar la educación intercultural bilingüe, garantizar el acceso al conocimiento para universalizar la educación superior con pertinencia, todas éstas sintetizadas en la línea estratégica “Suprema Felicidad Social” y asumiendo así el rol de Estado Docente, desestimado por los gobiernos anteriores al gobierno bolivariano.
A este respecto, se hace oportuno acotar que la actuación de los Consejos Comunales según la Ley que los rige, debe estar dirigida a promover el desarrollo endógeno de las comunidades que los han conformado, por ende, sus acciones estarán dirigidas a diferentes espacios como la cultura, salud, economía, entre otros aspectos no menos importantes que garanticen el bienestar común.
Para el logro de esta premisa, conviene destacar que la planificación y ejecución de dichas acciones, necesariamente requieren de un soporte económico, que según la Ley de Consejos Comunales (2009), les será otorgado a través de la elaboración de proyectos y tendrán como requisitos para su aprobación, la rendición de cuentas de los recursos anteriormente asignados.
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