El Consejo Comunal está conformado por tres órganos esenciales, que según lo expresado por Sandoval (2008), deberán trabajar coordinadamente para la prosecución de los fines de la comunidad:
1. Órgano Ejecutivo (OE): Es la instancia encargada de promover y articular la participación de los ciudadanos en los diferentes comités de trabajo, planificar la ejecución de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y conocer de las actividades de cada uno de los comités y áreas de trabajo.
2. Unidad de Gestión Financiera (UGF): Es un órgano que funciona como un ente de ejecución financiera de los Consejos Comunales para la administración de los recursos financieros o no financieros, es un ente de inversión y/o crédito y realiza intermediación financiera con los fondos generados, asignados o captados.
3. Unidad de Contraloría Social (UCS): Es el órgano encargado de llevar a cabo la Contraloría Social, fiscalización, control y supervisión de los recursos asignados, recibidos o generados por el Consejo Comunal, y sobre los proyectos de inversión pública presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal.
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Silva, R. (2011). Estructura del Consejo Comunal. (Disponible en: http://desarrollosocialcomunitario.blogspot.com/ . Consultado en (Mes y Año).
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