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viernes, 20 de mayo de 2011

Leyes del Poder Popular en la República Bolivariana de Venezuela (2010)

       En este novedoso cuerpo normativo existen formulaciones político-ideológicas que según Lanz (2011), plantean transformaciones profundas, específicamente en los siguientes ámbitos:
 La definición del carácter socialista de los cambios.
 La formulación del Estado Comunal y su concreción en las comunas.
La caracterización del poder popular, materializado también en espacios específicos.     

 La postulación de principios de autogestión y cogestión como parte integral del poder popular.     

La implementación de la planificación participativa y la contraloría social.

     De allí la importancia de incorporar estos aspectos en este espacio dirigido a los Voceros del Consejo Comunal y a todo aquel ciudadano interesado en el tema, identificando sus aspectos vinculantes, como son: El desarrollo endógeno-sustentable, la democracia participativa, el presupuesto participativo y la rendición de cuentas, la planificación democrática, la inserción de la educación universitaria en los planes de desarrollo y en los ejes territoriales, entre otros aspectos no menos vinculantes. Seguidamente se presenta el propósito de cada ley:

1.  Ley Orgánica del Poder Público Municipal:  Aprobada en Asamblea Nacional el 21/12/10, tiene por objeto regular la uniformidad y simultaneidad del inicio y culminación ordinaria de los períodos constitucionales y legales de los cargos de elección popular de gobernador o gobernadora, alcalde alcaldesa, legislador o legisladora de los consejos legislativos de los estados y concejal o concejala de los concejos municipales, distritales y metropolitanos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República. A tales efectos, los períodos de los cargos de elección popular aquí señalados, se ajustarán a la oportunidad y condiciones que se establezcan en la presente Ley.

2.  Ley Orgánica del Poder Popular: Aprobada en Asamblea Nacional el  09/12/10,  tiene por objeto desarrollar y consolidar el Poder Popular, generando condiciones objetivas a través de los diversos medios de participación y organización establecidos en la Constitución de la  República, en la ley y los que surjan de la iniciativa popular, para que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan el pleno derecho a la soberanía, la democracia participativa, protagónica y corresponsable, así como a la constitución de formas de autogobierno comunitarias y comunales, para el ejercicio directo del poder.

3.  Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal:  Aprobada en Asamblea Nacional el 14/12/10,  tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas, principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y desarrollo del sistema económico comunal, integrado por organizaciones socio productivas bajo régimen de propiedad social comunal, impulsadas por las instancias del Poder Popular, del Poder Público o por acuerdo entre ambos, para la producción, distribución, intercambio y consumo de bienes y servicios, así como de saberes y conocimientos, en pro de satisfacer las necesidades colectivas y reinvertir socialmente el excedente, mediante una planificación estratégica, democrática y participativa.

4.  Ley Orgánica de Planificación Pública y Popular:  Aprobada en Asamblea Nacional el 09/12/10, tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular mediante el establecimiento de los principios y normas que sobre la planificación rigen a las ramas del Poder Público y las instancias del Poder Popular, así como la organización y funcionamiento de los órganos encargados de la planificación y coordinación de las políticas públicas, a fin de garantizar un sistema de planificación, que tenga como propósito el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a través de una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta, para la construcción de la sociedad socialista de justicia y equidad.

5.  Ley Orgánica de las Comunas: Aprobada en Asamblea Nacional el  13/12/10,  tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante formas de autogobierno para la edificación del estado comunal, en el marco del Estado democrático y social de derecho y de justicia.

6.  Ley Orgánica de Contraloría Social Aprobada en Asamblea Nacional el 10/12/10, tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, mediante el establecimiento de las normas, mecanismos y condiciones para la promoción, desarrollo y consolidación de la contraloría social como medio de participación y de corresponsabilidad de los ciudadanos, las ciudadanas y sus organizaciones sociales, mediante el ejercicio compartido, entre el Poder Público y el Poder Popular, de la función de prevención, vigilancia, supervisión y control de la gestión pública y comunitaria, como de las actividades del sector privado que incidan en los intereses colectivos o sociales.

        De todo esto se desprende que lo significativo de estas normas, es que hacen referencia explícita a los Voceros de los Consejos Comunales, como los actores con los que cuentan las comunidades organizadas, para canalizar sus demandas e intervenir en las decisiones, sobre la asignación de recursos y la ejecución de acciones públicas, dirigidas a mejorar sus condiciones de vida. La relevancia de este conjunto de leyes, representa el aseguramiento de una forma de participación, que profundiza la democratización y fomenta la equidad de las decisiones gubernamentales, en concordancia con el gobierno comunal y el Poder Popular.
Amigo (a) Lector (a): Cita los artículos publicados en este blog según la norma APA, de la siguiente manera:

Silva, R. (2011). Leyes del Poder Popular en la República Bolivariana de Venezuela. (Disponible en: http://desarrollosocialcomunitario.blogspot.com/ . Consultado en (Mes y Año).

Bienvenidos (as)

Los Consejos Comunales representan en Venezuela, la base sobre la cual se construye la democracia participativa y protagónica que plantea la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido, la nueva estructura social, que funciona como la instancia básica de planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, incorpora a las diferentes expresiones organizadas de los movimientos populares para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.
Ante este planteamiento, cabe destacar que la ejecución del proceso administrativo debe orientar al Consejo Comunal hacia las metas establecidas, por lo que resulta fundamental que las personas que lo integran, puedan disponer de mecanismos, normas y procedimientos de control para apoyar las actividades que les competen.
 Es así como surge la iniciativa de crear este espacio, para la capacitación y fortalecimiento de sus Voceros, con el firme propósito de contar a corto plazo con una instancia social motivada y dispuesta a impulsar el desarrollo integral de su comunidad mediante la incorporación de la colectividad en general.


Intercambiemos saberes acerca de experiencias en el ámbito social comunitario...